De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el próximo domingo 1 de julio es día de descanso obligatorio en todo el país, por lo que las empresas o patrones que hagan laborar a sus trabajadores deberán pagarles un salario triple, más una prima dominical.
Asimismo el trabajador deberá de gozar de un permiso para ir a votar y después reincorporarse a sus labores, lo cual está establecido como parte de las obligaciones de los patrones en el artículo 132, fracción IX de la misma ley.
Es indispensable señalar que los patrones que impidan a sus trabajadores ir a votar, podrían recibir una sanción de 50 a mil 500 salarios mínimos. esto de acuerdo con la fracción III del artículo 994 de la LFT.