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Armonizan plazos para presentar declaraciones de intereses y patrimonial en Morelos

  • Modifican la Constitución del Estado a iniciativa del diputado Enrique Javier Laffitte Bretón.

El Congreso del Estado aprobó reformas a la Constitución Política del Estado de Morelos, a fin de armonizar los plazos de presentación de las declaraciones de intereses y de situación patrimonial con lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

El dictamen avalado por los legisladores en la parte final del pasado periodo ordinario de sesiones, fue elaborado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Legislación, y de Transparencia, Protección de Datos Personales y Anticorrupción del Congreso del Estado, sobre una iniciativa del diputado Enrique Javier Laffitte Bretón, que modifica la denominación del Capítulo III del Título Sexto Bis; el segundo párrafo del artículo 79, y de manera integral el artículo 133 bis, todos de la Constitución Local.

El documento destaca que, el pasado 19 de julio del presente año, entró en vigor la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Morelos, la cual establece en su artículo 35, como fechas y plazos de presentación de las referidas declaraciones, los mismos que establece la Ley General.

Sin embargo, actualmente la Constitución Política del Estado establece todavía fechas distintas de presentación de las declaraciones de inicio, de conclusión y de modificación patrimonial de los funcionarios públicos, a lo establecido en este ordenamiento, lo cual puede provocar una confusión en los obligados y en las autoridades encargadas de su cumplimiento.

Por lo que mediante esta reforma se establece que, la declaración de modificación patrimonial, de intereses y fiscal, en caso de que aplique de acuerdo con otras disposiciones, se presente en el mes de mayo del año de ejercicio del cargo.

Otorga un plazo de sesenta días para presentar las declaraciones de inicio o conclusión del cargo de conformidad con la multicitada Ley General de Responsabilidades Administrativas, además de incluir a la declaración de intereses a la par de la de modificación patrimonial y establecer que los integrantes del Poder Ejecutivo Estatal deberán presentar sus declaraciones ante la Secretaría de la Contraloría como sucede actualmente de acuerdo con la Ley y no ante el Congreso como erróneamente establece la Constitución Local.

De acuerdo con el iniciador, con esta aprobación se actualizarán y reforzarán los mecanismos para conocer de manera transparente la situación patrimonial de los distintos servidores públicos, fortaleciendo las herramientas de los entes encargados de la fiscalización para el combate a la corrupción.

BOLETÍN LIII – 1114

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